jueves, 18 de abril de 2013

Sobre la certificación de eficiencia energética de edificios


El pasado sábado, 13 de abril, se publicaba en el BOE el RD 235/2013 de 5 de abril por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, lleva por título, pero se refiere y afecta también a los locales y viviendas que lo integran, puesto que en el artículo único del real decreto (RD), que aprueba el procedimiento básico para esa certificación, establece que siempre que se construyan, vendan o alquilen edificio o unidades de estos, el certificado de eficiencia energética o una copia de éste se deberá mostrar al comprador o nuevo arrendatario potencial y se entregará al comprador o nuevo arrendatario, en los términos que se establecen en el Procedimiento básico. ¿De qué se trata?