
La junta general es el órgano soberano en una
comunidad de propietarios, a quien corresponde conocer y decidir en todos los
asuntos que son de interés general para la comunidad ―nombramiento de cargos,
plan de gastos e ingresos, aprobación de presupuestos y ejecución de obras,
etc.― , lo que tiene su reflejo en el acta de la junta que debe recogerse en el
libro de actas.
Ahora bien, la cuestión que se plantea es cuál debe
ser el contenido de ese acta de la junta, porque no es infrecuente que la
ocasión trate de ser aprovechada por algún propietario, e incluso por el mismo
administrador, para dejar constancia de sus personales opiniones sobre
determinados extremos objeto del debate y acuerdo de la junta, cuando no completamente
ajenos al mismo, alcanzando su máxima expresión cuando, para que ningún
propietario se pierda una coma de su intervención, se permiten mandarlo por
escrito, exigiendo su incorporación al acta.
―«¡Que conste en acta!», suele ser la exigencia. ¿Debe
hacerse constar en acta?
Hasta la Ley 8/1999 el
artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) se limitaba a señalar, de 6
de abril, que los acuerdos de la Junta de propietarios debían reflejar en un
libro de actas diligenciados por el Registrador de la Propiedad, sin detallar
el contenido mínimo necesario, que fue delimitado por la jurisprudencia. Así, por
ejemplo, la STS núm. 913/1993 de 9 de octubre señalaba como tales «los atinentes
a la identificación de los asistentes, cuotas de participación que representen,
contenido de los acuerdos, forma de adopción de éstos y protestas formuladas,
en su caso, por cuanto dichos requisitos, además de imprescindibles, suponen
una garantía, tanto para la comunidad, como para cualquiera de los propietarios».
Por lo que se refiere al tema que nos ocupa nada ha
cambiado tras la citada Ley 8/1999, salvo que ese contenido fue explicitado en
el artículo 19.2 LPH, que establece que deben constar, al menos, las siguientes
circunstancias: «a) la fecha y lugar
de celebración. b) El autor
de la convocatoria y, en su caso, los propietarios que la hubiesen promovido. c) Su carácter ordinario o
extraordinario y la indicación sobre su celebración en primera o segunda
convocatoria. d) Relación
de todos los asistentes y sus respectivos cargos, así como de los propietarios
representados, con indicación, en todo caso, de sus cuotas de participación. e) El orden del día de la
reunión. f) Los acuerdos
adoptados, con indicación, en caso de que ello fuera relevante para la validez
del acuerdo, de los nombres de los propietarios que hubieren votado a favor y
en contra de los mismos, así como de las cuotas de participación que
respectivamente representen», cerrándose con las firmas del presidente y secretario
―al terminar la reunión, o en los diez días naturales siguientes―, siendo
ejecutivos a partir de ese momento.
El hecho de que dicho precepto, al referirse a las
circunstancias como las que «al menos, deberá expresar» el acta de la junta, no
impida que puedan hacerse constar otras circunstancias o contenido, como puede
ser una sucinta exposición del debate habido para cada acuerdo, no significa
que sea exigible, ni mucho menos equivale a la inserción literal que veces se
pide de todo lo que se manifiesta en la junta, puesto que la única condición de
validez a la hora de reflejar un acuerdo es que se indique aquello que fuera «relevante» para su validez, lo que por
indeterminado que pueda parecer limita notablemente aquello que es exigible, y
descarta la obligada inserción de las siempre legítimas, pero personales opiniones
En conclusión, hay que rechazar que el acta tenga que
ser (LOSCERTALES FUERTES, D.) «fiel reflejo y copia de todo lo que se dice,
bastará con una redacción simple, con la suficiente claridad, para reflejar los
acuerdos, sin necesidad de hacer pormenorizada o exacta referencia de las
palabras de unos y otros», y es más, el secretario (MAGRO SERVET, V) «se debe negar a
incluir una carta u opinión al margen del contenido propio [del acuerdo] ya que
no es parte del acta».
Quien quiera que sus palabras y discursos perduren en el tiempo, será mejor que busque otras alternativas.