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lunes, 1 de abril de 2024

DE LA LITIGACIÓN A LA AVENENCIA, ¿POR EL CAMINO DE LAS PRÍMULAS?


ACCESO ABIERTO: https://laborum.es/catalogo/de-la-litigacion-a-la-avenencia-por-el-camino-de-las-primulas-2/

 

RESUMEN:

Algo hay que hacer para resolver los problemas de un sistema judicial colapsado, pero la solución no pasa por la imposición de un ADR/MASC como requisito de procedibilidad. Es esta una vieja pulsión, no solo de gobiernos y legisladores, que encontró en la situación generada por el COVID-19 nuevos argumentos para su impulso, que se suman a otros cuyas premisas y validez hay que cuestionar tanto como aquellos.

Se trata en este trabajo de entender el papel que juegan dichos medios en su relación con la litigación, y para ello se acude a la historia, reveladora como siempre, y al estudio, de los sistemas procesales de Common y Civil Law y su evolución, y de la realidad de la litigación y de sus actores, huyendo de falsas premisas e invocaciones taumatúrgicas que encubren la falta de voluntad política de dotar a la Justicia de los medios que precisa. No se cuestionan la bondad y utilidad de los ADR/MASC cuando realmente lo sean, sino el principio de que lo son en todo caso y las premisas que dan lugar a tal conclusión.

El trabajo es muy completo y de indudable interés, para los investigadores, pero también para los prácticos del Derecho, que pueden encontrar en el conocimiento de la relación entre ADR/MASC y proceso civil y de los problemas que genera una valiosa herramienta de evaluación de opciones para la resolución de problemas concretos.

 

ÍNDICE:

 

ABREVIATURAS. 3

PRÓLOGO.. 5

CAPÍTULO I. - A MODO DE INTRODUCCIÓN.. 13

CAPÍTULO II. - DEL CONFLICTO A LA CONTROVERSIA, O VICEVERSA. CONCEPTOS Y CAUSAS. 25

1.- SOBRE EL CONFLICTO Y LAS VARIAS FORMAS DE ENFOCARLO Y AFRONTARLO. 25

2.- SOBRE LOS TIPOS DE CONFLICTO Y SUS CAUSAS Y PATRONES DE DESARROLLO. 29

3.- LA CUESTIÓN TERMINOLÓGICA. DEL CONFLICTO A LA CONTROVERSIA, O VICEVERSA. 32

CAPÍTULO III.- DE LA GESTIÓN Y FORMAS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS. 41

1.- CONCEPTOS A MODO DE INTRODUCCIÓN: RESOLUCIÓN Y GESTIÓN DE CONFLICTOS. 41

2.- SISTEMAS ALTERNATIVOS DE GESTIÓN DE CONFLICTOS: LOS ADR/MASC. 45

3.- ORIGEN Y DESARROLLO DE LOS ADR EN EE.UU. UNA OBLIGADA REFERENCIA A SU HISTORIA. 48

CAPÍTULO IV.- UNA REFERENCIA, TAMBIÉN OBLIGADA, A ALGUNAS CARACTERÍSTICAS DEL MODELO PROCESAL EN LOS EE.UU. 61

1.- INTRODUCCIÓN. 61

2.- EL PAPEL DEL JUEZ Y DE LAS PARTES EN EL PROCESO. 64

3.- LA FASE PRE-TRIAL Y EL DISCOVERY, O SOBRE EL ACCESO TEMPRANO A LAS FUENTES DE PRUEBA. 79

4.- GASTOS Y COSTAS JUDICIALES. LA AMERICAN RULE. 89

5.- EPÍLOGO SOBRE EL SISTEMA PROCESAL CIVIL EN LOS EE.UU. 92

CAPÍTULO V.- POR ALUSIONES. EL MODELO PROCESAL CIVIL EN EUROPA Y EN ESPAÑA.. 95

1.- PERO ¿ES POSIBLE HABLAR DE UN MODELO PROCESAL CIVIL EUROPEO?. 95

2.- EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL FRANCÉS DE 1806. 97

3.- EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL AUSTRIACO DE 1895. 105

4.- LAS REGLAS DEL PROCEDIMIENTO CIVIL INGLÉS. 111

4.1. Un poco de historia, a modo de introducción. 111

4.2. La Civil Procedure Rule de 1998. 115

4.2.1. Pistas en el procedimiento de primera instancia: los Courts-Tracks. 116

4.2.2. Especialidades en materia de prueba. 119

4.2.3. La inclusión de los medios ADR en el sistema. 121

4.3. A modo de epílogo sobre el sistema procesal civil inglés. 123

5.- EL MODELO PROCESAL CIVIL EN ESPAÑA. DE LA LEC 1881 A LA LEC 2000. 125

5.1. ¿Hoy como ayer? Un poco más de historia. 125

5.2. De la LEC de 1881 a la LEC de 2000. 132

5.3 Justicia de Paz y otras formas de resolución alternativa de conflictos. 137

6.- PUNTOS DE CONVERGENCIA. ¿HACIA UN PROCESO CIVIL EUROPEO?. 144

6.1. Variedad de sistemas procesales en Europa. 144

6.2. La adecuación al caso: el principio de proporcionalidad procesal. 148

6.3. Principios de derecho procesal transnacional. 149

6.4. ¿Por la progresiva homogenización a la unidad procesal?. 151

6.5. Para terminar…. 155

CAPÍTULO VI. - LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS ADR EN EUROPA.. 159

1.- EL CAMINO EUROPEO HACIA LOS ADR, CIRCUNSCRITO A LA MEDIACIÓN. LA DIRECTIVA 2008/52/CE, DE 21 DE MAYO. 159

1.1.- Antecedentes de la Directiva. 160

1.2.- La Recomendación R (86) 12 del Comité de Ministros. 161

1.3.- La recomendación R (98) 1 del Comité de Ministros. 163

1.4.- Otros antecedentes. 166

1.4.1. Consejos, Convenios y Recomendaciones. 166

1.4.2. El Libro Verde de 2002 sobre las modalidades alternativas a la resolución de conflictos en el ámbito del derecho civil y mercantil. 167

1.4.3. El Plan de Acción del Consejo y la Comisión para la aplicación del Programa de la Haya sobre refuerzo de la libertad, la seguridad y la justicia en la Unión Europea. 170

1.4.4. Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. 170

1.5.- La Directiva 2008/52/CE, de 21 de mayo, sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles. 171

2.- TIEMPOS DE AUSTERIDAD Y YERROS, EN LA ELECCIÓN DE OBJETIVOS Y DE MEDIDAS DE FOMENTO DE LOS ADR/MASC. 175

CAPÍTULO VII. - SPAIN IS DIFFERENT, OR NOT? PULSOS, IMPULSOS Y PULSIONES EN TORNO A LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS ADR/MASC EN ESPAÑA.. 195

1.- PRECEDENTES. EL HECHO DIFERENCIAL AUTONÓMICO. 195

1.1.- El marco competencial y su desbordamiento. 195

1.2.- Sobre el concepto de mediación y la evolución de la figura del mediador en el ámbito autonómico. 200

2.- LA LEY 5/2012, DE 6 DE JULIO, DE MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES. 202

2.1.- Primer precedente estatal. La Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio. 202

2.2.- Segundo precedente estatal. El proyecto de Ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles de 2011. 205

2.2.1.- La mediación como forma de acceso a la Justicia. 205

2.2.2.- Principio de voluntariedad y mediación obligatoria previa. Descubriendo el Mar Muerto. 207

2.2.3.- El acuerdo de mediación como título ejecutivo. 211

2.2.4.- El mediador en el Proyecto de Ley de Mediación de 2011. 213

2.3.- Tercer precedente estatal. El Real Decreto Ley 5/2012, de 5 de marzo, de mediación en asuntos civiles y mercantiles. 215

2.4.- La Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles. 218

2.5.- La necesaria relación y coordinación entre la legislación estatal y las autonómicas. 221

3.- PULSO O IMPULSO. EL APLIM. ANTEPROYECTO DE LEY DE IMPULSO DE LA MEDIACIÓN DE 11 DE ENERO DE 2019. 223

4.- AMPLIANDO HORIZONTES: EL PROYECTO DE LEY DE MEDIDAS DE EFICIENCIA PROCESAL AL SERVICIO PÚBLICO DE JUSTICIA Y LOS MASC. 229

CAPÍTULO VIII.- PRESENTE Y PERSPECTIVAS DE FUTURO DE LOS ADR/MASC, Y EN PARTICULAR DE MEDIACIÓN, EN EUROPA Y ESPAÑA.. 239

1.- SOBRE LA PARADOJA DE LA MEDIACIÓN EN EUROPA Y ESPAÑA, O SOBRE LA CONFRONTACIÓN DE EXPECTATIVAS Y REALIDAD. 239

2.- VOLUNTARIEDAD O IMPOSICIÓN DE LA MEDIACION U OTROS ADR/MASC, ESA ES LA CUESTIÓN. 250

2.1.- La voluntariedad de la mediación en EE.UU. y otros países anglosajones. 252

2.2.- La voluntariedad de la mediación en Europa y España. 257

2.3.- O la imposición o el caos. El falso dilema del PLMEP. 266

CAPÍTULO IX. - BREVE REFLEXIÓN FINAL. 271

BIBLIOGRAFÍA.. 281

 

jueves, 8 de junio de 2023

Proceso civil y negociación obligatoria por disposición judicial, ¿oxímoron o solución?

 



Proceso civil y negociación obligatoria por disposición judicial, ¿oxímoron o solución? 

Estudios sobre jurisprudencia europeaMateriales del VI Encuentro anual del Centro español del European Law Institute, pp. 1.311-1.326.

 

Resumen.

En un contexto en el que la mediación no ha cumplido las expectativas como solución a los males de la Justicia, y de previsible incremento de la litigiosidad por la pandemia provocada por el COVID-19, la aprobación en Consejo de Ministros del Anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia, que trata de desarrollar los denominados «sistemas adecuados de solución de controversias», coincide con la STJUE, de 25-11-2020 (C-269/2019), que autoriza la derivación judicial obligatoria a negociación para resolver un conflicto. La negociación (como los ADR/MASC), sin embargo, aparece inicial y esencialmente informada por los principios de libertad y autonomía de la voluntad, por lo que no son pocas las dudas que plantea tal derivación, y no solo por su efectividad, sino por el necesario y previsto enjuiciamiento en el posterior proceso judicial de la buena fe de las partes en dicha negociación.

 

Palabras clave

Procedimiento civil, sistemas ADR/MASC, negociación obligatoria, buena fe, costas.

 

Abstract.

In a context in which mediation has not met expectations as a solution to the flaws of Justice, and with a foreseeable increase in litigation due to the pandemic caused by COVID-19, the approval of the Preliminary Draft Law by the Council of Ministers of Procedural Efficiency Measures of the Public Justice Service, which seeks to develop the so-called "appropriate dispute resolution systems", coincides with the CJEU judgment of 11-25-2020 (C-269/2019), which authorizes to the Courts the mandatory referral to the parties to negotiate for conflict solution. Notwithstanding, negotiation (like ADR/MASC) appears initially and essentially guided by principles such as freedom and autonomy of will. Therefore, many doubts raised by such referral, and not only because of its effectiveness, but also due to the required and expected judgement of the parties' good faith in such negotiation in the ensuing judicial process.

 

Keywords.

Civil procedure, ADR / MASC systems, mandatory negotiation, good faith, legal costs

 

Sentencia objeto de comentario

STJUE, Banca B, S.A, y A.A.A, C-269/2019, 25 de noviembre de 2020.

 

Enlace: https://dialnet.unirioja.es/servlet/libro?codigo=932358