viernes, 1 de octubre de 2021

Abogados en tiempos de MASC. Entre la oportunidad y los trenes a ninguna parte

 

Artículo publicado en la revista LA LEY MEDIACIÓN Y ARBITRAJE Nº8 Julio-Septiembre 2021

Abogados en tiempos de MASC. Entre la oportunidad y los trenes a ninguna parte.

José Ignacio Martínez Pallarés

Abogado

Doctor en Derecho

Profesor asociado de Derecho Procesal

Facultad de Derecho, Universidad de Murcia

 

RESUMEN: La futura Ley de Medidas de Eficiencia Procesal (APLMEP) quiere fomentar la avenencia de las partes en conflicto por medio de los sistemas adecuados de solución de controversias (MASC), y acierta al reconocer tanto su pluralidad como el papel de los abogados frente a los fallidos intentos anteriores, centrados en la mediación, que postergaban a unos y otros. Incurre sin embargo en idénticos errores que pueden convertirla en un tren hacia ninguna parte. El impulso de los MASC solo vendrá del reconocimiento sincero de la capacidad de las partes para solucionar sus conflictos y de su libertad para elegir cómo, no de su imposición; de su mayor eficacia y eficiencia para el caso concreto, no de la incapacidad de los tribunales. Procurar las condiciones para el ejercicio de una libertad responsable, formada e informada, los necesarios ajustes en el proceso civil en relación con esos medios, y la formación y transparencia de quienes ofertan sus servicios como terceros neutrales deben ser la única misión del legislador.

PALABRAS CLAVE: proceso civil, MASC, jueces y terceros neutrales, abogados, libertad.

 

ABSTRACT: Future Law on Procedural Efficiency Measures (APLMEP) aims to promote the compromise of the parties in conflict through the appropriate dispute resolution systems (MASC) and get right in recognize its plurality and the role of lawyers in the face of previous failed attempts, focused on mediation, which postponed both. It does, however, make identical mistakes that can turn it into a train to nowhere. The boost of the MASCs will only come from the sincere recognition of the parties' ability to resolve their conflicts and their freedom to choose how to do it, not of their imposition; of their greater effectiveness and efficiency for the specific case, not of the incapacity of the courts. To ensure the conditions for the exercise of a responsible, trained, and informed freedom, the necessary adjustments in civil proceedings in relation to such means, and the training and transparency of those who offer their services as neutral third parties must be the sole task of the legislator.

KEYWORDS: civil process, ADR, judges and neutral third parties, lawyers, freedom.

 

SUMARIO: I.- INTRODUCCIÓN. II.- DE LOS VANOS INTENTOS PARA IMPLEMENTAR LOS ADR/MASC PARA LA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS. 1. El conflicto, hipotrofias, hipertrofias, distrofias y excesos discursivos. 2. Mediadores, conciliadores y otros terceros neutrales confiados a la mano invisible del mercado. A. Mediadores. B. Conciliadores. C. Árbitros. D. Jueces. III.- EL ELEMENTO HUMANO. EL PROBLEMA DESDE LA PERSPECTIVA DEL ABOGADO. 1. Un número creciente. 2. Una formación insuficiente. 3. Una estructura de incentivos deficiente. 4. Un sistema procesal en la luna de Valencia. IV.- CONCLUSIONES. MASC, PROCESO JUDICIAL Y ABOGADOS EN EL LABERINTO. BIBLIOGRAFÍA.


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